Muchos emprendedores barajan esta posibilidad a la hora de comenzar con su actividad emprendedora. Pero si hay muchas dudas al respecto de las condiciones en que es posible hacerlo, o la memoria_explicativa a aportar, aún es más importante conocer las obligaciones que adquieres dando este paso.
¿Qué condiciones debes cumplir una vez percibido?
- Una vez percibido el importe de la prestación, iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes.
- Presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal la documentación que justifique el inicio de la actividad.
- Destinar la cantidad percibida a la aportación social obligatoria, en el caso de cooperativas o sociedades laborales o mercantiles, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de personas trabajadoras autónomas.
- En el caso de que la cooperativa prevea en sus estatutos la posibilidad de que los socios y socias tengan que superar un periodo de prueba, deberá aportar, dentro del plazo de un mes desde la notificación de la aprobación del pago único, certificado del previo acuerdo del consejo rector de la cooperativa por el que se le admitirá como socio trabajador o socia trabajadora con carácter estable, en caso de superación de dicho periodo de prueba.
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