Novedades en 2018 para autónomos y PYMEs

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Seguridad Social – Cotización y Cuota de autónomo- Ley de reformas Urgentes

  • Cuota de autónomos 2018 : Hace apenas unos días conocíamos la noticia de que el Gobierno congelaba para comienzos de 2018 las bases mínimas y máximas junto a la cuota de autónomos debido a la falta de cuentas públicas
  • Cuota de autónomos societario La reforma de la ley de autónomos viene a desvincular la cotización del autónomo societario del Grupo 1 del Régimen General, determinada por el salario Mínimo Interprofesional (SMI), para pasar a regirse por los presupuestos generales. Pero esta medida está sujeta a la existencia de cuentas públicas. Por tanto, el año comienza sin aplicarse esa desvinculación del SMI que sube un 4% en 2018, al igual que la base mínima de cotización del autónomo societario.
  • Ampliación de la tarifa plana a un año: eso sí, solo para nuevas altas  en el RETA en 2018. Si optas por una cotización superior se te aplicará el 80% de bonificación sobre la base mínima.
    Los tramos tras ese año de inicio de actividad quedan en 50% de bonificación en el primer semestre del segundo año de actividad y 30% en el segundo semestre.
    Los autónomos societarios siguen sin poder acogerse a esta bonificación en la cuota de autónomos. La Seguridad Social mantiene este criterio pese al dictamen de sentencias a favor del autónomo societario.
  • Se facilita el acceso a bonificaciones: Tanto para acogerse a la tarifa plana como a cualquier otra bonificación del RETA, la reforma de autónomos reduce a a partir del 1 de enero de 2018 el tiempo exigido sin cotizar en autónomos, de cinco a dos años,  tres en el caso de que la última alta estuviera bonificada. Esta medida no se aplica en el caso de los autónomos colaboradores.
  • Baja por maternidad de autónomas: Las madres autónomas que cursen baja estarán exentas de pagar cuota de autónomos durante el disfrute de la misma
  • Sistema más justo por tiempo de cotización: Otra novedad de 2018 que es también resultado de la ley es el pago por días reales de alta y baja. Esto quiere decir que el cobro de la cuota no se va a hacer por el cómputo de todo el mes sino proporcional. Eso sí, esta opción queda limitada a las tres primeras altas o bajas durante el año.
  • Modulación de los recargos en los retrasos: La nueva ley reduce en 2018 el recargo del 20% al 10% si pagas en el mes natural siguiente.
  • Devolución por exceso de cotización en pluriactividad:  El año nuevo y la reforma de autónomos traen consigo novedades para aquellos autónomos en situación de pluriactividad, es decir que cotizan en Régimen de autónomos y General. Si es tu caso Seguridad Social te va a devolver el exceso de cotización sin que tengas que solicitarlo.

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