Situación de las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios del estado español: la individualización de los problemas estructurales para invisibilizar los fallos sistemáticos

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07/05/2019 – Emilio V. Silvestre González (GESP)

A finales de 2018 fuimos testigos de la primera huelga general de funcionarios de prisiones en nuestra historia democrática, con un único objetivo: declarar públicamente el abandono institucional que sufren los centros penitenciarios. Sin embargo, como no, el detonante de esta movilización, que llegó tras 8 meses de reivindicaciones y movilizaciones, fue la retirada de un aumento salarial que había prometido el gobierno a este colectivo de funcionarios. Además, con esta huelga quisieron poner de relieve que en los últimos 8 años han desaparecido 3.400 empleos en prisiones. Este hecho, sumado a que tres cuartas partes de la plantilla superan los 40 años, ha provocado que los últimos 9 años entre un nuevo funcionario por cada 3 que se jubilan. Todo esto no solo perjudica a los trabajadores de instituciones penitenciarias, sino también a los reclusos, ya que no se llegan a cubrir todas las necesidades de estos, lo que hace que las condiciones dentro de las instituciones penitenciarias no sean las más adecuadas.

Esta huelga, lejos de tener escasa incidencia en las prisiones, como había declarado la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, ha provocado cantidad de casos reportados por herramientas de difusión para presos en lucha (como el “Boletín de difusión TOKATA” o el “Colectivo de apoyo a mujeres presas de Aragón”), en los que no se han cumplido los derechos de las personas que se encuentran privadas de libertad. Esto no ha hecho más que empeorar las condiciones humanas en las que se encuentran las personas presas en nuestro país, y reforzar las redes de apoyo mutuo de estas personas, de sus familiares y de todos los allegados a esta causa. Lo que ha empoderado una lucha social silenciada por los medios, pero que lleva ya 3 años de actividad y que ha reactivado la lucha anticarcelaria en el estado español. Estos nuevos movimientos comienzan a gestarse con una estructuración muy parecida a otros movimientos anticarelarios (como la Coordinadora de Presos en Lucha COPEL) y con unos valores y métodos de acción también muy similares, la resistencia. Así, se convoca una nueva huelga de hambre colectiva en todas las prisiones de España a partir del 1 de mayo, defendiendo las mismas 12 razones que desde 2016:

1. Erradicar las torturas.
2. Abolir los FIES, del régimen de castigo y de los aislamientos.
3. Acabar con la dispersión.
4. Independizar los servicios médicos de la dirección penitenciaria.
5. Aplicar los artículos 104.4 y 196 a los enfermos crónicos.
6. Enfermos mentales fuera de las prisiones.
7. Dar los fármacos acompañados de terapias y grupos de apoyo.
8. Asumir responsabilidades por las personas asesinadas dentro de las prisiones desde 1978.
9. Acceso a todas las instalaciones de los presos catalogados como “irrecuperables”
10. No utilizar los módulos de respeto como herramienta de chantaje.
11. Prohibir los registros integrales a los familiares y visitas, con comunicaciones no limitadas a motivos burocráticos.
12. Acabar con la criminalización de la solidaridad de los grupos de apoyo.

Imagen de BKD libre de derechos

Todo lo anterior nos lleva a hacernos la siguiente pregunta: ¿Ha cambiado la lógica de la política criminal española? Si bien es cierto, el sistema penitenciario y sus lógicas estructurales han demostrado en reiteradas ocasiones que las prisiones, en mayor o menor medida, se han desarrollado más que para reinsertar al ‘delincuente’, para proteger a la sociedad, o para dar esa falsa sensación de seguridad. Porque como podemos observar, estas instituciones no parecen servir ni para disuadir la comisión de delitos, ni para reinsertar a las personas que han incurrido en la comisión de uno. Puesto que un lugar donde no se aplica otra pedagogía que la del castigo, la disciplina, la autoridad y el miedo; no puede servir como herramienta a ninguna persona ni a ninguna sociedad. Y más teniendo en cuenta que el proceso de institucionalización anula a las personas, las hace perder su identidad y su autonomía, facilitando e incluso potenciando el abandono propio de cada persona, con el agravio de la ruptura de todo vínculo o red social que la persona tuviera antes de su entrada. Por lo que no sería de extrañar que hubiese un cambio en la lógica criminal española hacia otro tipo de alternativas ante la comisión de un delito que no fuese la privación de libertad.

Para tratar de responder a esta pregunta nos hemos basado en datos objetivos sobre indicadores para tratar de estudiar los recursos y las condiciones de las que gozan las instituciones penitenciarias. En primer lugar, y como consecuencia de las reivindicaciones de la huelga de los funcionarios de prisiones, hemos creído conveniente estudiar el número de personal efectivo dentro de los centros penitenciarios, pues como apuntábamos, ha ido mermando poco a poco desde el 2010 hasta el 2016, teniendo una bajada abrupta de personal en 2017 (de casi un 17% del número total de personal efectivo). Sin embargo, el numero de presos baja de una manera mucho más paulatina y constante, lo que se traduce en una escasez de recursos para cubrir en muchos casos los servicios mínimos de los centros penitenciarios de España. A lo que se suma que el 51% de los funcionarios tienen más de 50 años, y que el 76% del personal facultativo tiene más de 55 años (datos obtendios de la Agrupación de los Cuerpos de Administración de las Instituciones Penitenciarias, ACAIP).

sd (*): No disponemos de los datos del 2018 para el numero de personal efectivo en instituciones penitenciarias. Elaboración propia. Fuente: Ministerio del Interior y Acaip.

Para estudiar la situación de las condiciones en las prisiones, hemos considerado 2 indicadores que, creemos, reflejan de forma muy clara cuales son las causas de la inconformidad de las cárceles como herramienta (anti)pedagógica. Algo que también refleja muy bien esta situación, son los casos en los que los presos sufren una pérdida total o parcial de sus derechos como personas. Por ello hemos escogido el número de quejas al defensor del pueblo desde las prisiones para estudiar los reclamos de la población penitenciaria. Como podemos observar, y como una de las principales reivindicaciones de la lucha carcelaria, el 36% de las quejas registradas son relacionadas con traslados. Un 26% son quejas referentes a la sanidad, derecho básico de todos los españoles. Y un 24% acerca del régimen y las medidas disciplinarias que se imparten en los centros penitenciarios, algo que sorprende pues en mayo de 2009, una sentencia del Tribunal Supremo declaró ilegal el régimen F.I.E.S. por vulnerar los derechos de los presos y porque los reglamentos de los que forma parte exceden sus competencias, otra de las reivindicaciones de la huelga de hambre del 1 de mayo, acabar con el régimen F.I.E.S.

Y finalmente, tenemos que tener en cuenta el 14% de las quejas que llegan al defensor del pueblo acerca del tratamiento que reciben las personas dentro de prisión. Razón por la cual hemos escogido el número de muertes que se dan prisión como segundo indicador para estudiar las condiciones de las prisiones para conseguir una reinserción social mediante un aislamiento total. Considerando el gráfico de esta evolución desde 2010 hasta 2019 (aunque este año sólo tenga en cuenta los primeros 4 meses del año, y no dispongamos de datos del 2018), podemos observar ciertas tendencias que se corresponden con la realidad social española, como el descenso del número de muertes por VIH. Teniendo en cuenta la evolución de los diferentes porcentajes, y sin tener en cuenta el ordenamiento jurídico español, el número que más debería llamarnos la atención en este gráfico sería el número de suicidios que se dan en prisión. Y más si tenemos en cuenta los últimos datos extraídos de prisiones gracias a la “Petición de transparencia (2008-2018)”, que nos muestran que las tasas de suicidios en las cárceles son mucho mayores en regímenes de aislamiento, como consecuencia de las condiciones que sufren las personas internas en aislamiento. Sin embargo, y dado que en el articulo 91 del Código Penal se remarca precisamente: “el derecho a la libertad condicional” o transferencia a tercer grado a las personas con enfermedades graves, podemos considerar como demasiado elevado el porcentaje muertes causadas por “otras enfermedades”. Algo que consideramos que debemos remarcar, puesto que representa de forma muy gráfica las condiciones que se dan verdaderamente en prisión en contra posición de lo que se establece en nuestras leyes penales.

De todos estos datos y cómo podemos observar con las continuas reformas que se le han realizado al código penal desde su aprobación en 1995, nuestro Estado se ha centrado en mantener una actitud cada vez más punitiva hacia cierta clase de delitos. Así, España mantiene una filosofía inspirada en la teoría de ‘la ventana rota’, algo que podemos observar en la justificación de las nuevas estrategias de control social con discursos securitarios. Por lo que realmente no se está viendo un cambio de perspectiva dentro de la política criminal española, sino que se sigue caracterizando por la punitividad y el hecho de que cada vez se destine menos recursos a las instituciones penitenciarias tiene 2 razones principales. En primer lugar, una razón social, pues los recortes en matera penitenciaria tienen mucha menos repercusión social que los recortes en educación o sanidad. Y, en segundo lugar, una razón económica, ya que la crisis económica ha provocado un gran declive económico en el estado español que ha afectado a todos los ámbitos, incluyendo el penitenciario. Por lo tanto, la principal razón de esta situación en las prisiones es abaratar costes de una institución caduca, que poco a poco va destapando su verdadero sino: ser el vertedero de los considerados “desechos sociales” del capitalismo.

Es de esta forma cómo podemos comprender el papel real que tiene tanto el ordenamiento penal, como la institución carcelaria, que no es más que el de culpabilizar a aquellas personas que se desvían de las pautas normales y deseadas de comportamiento. Buscando perpetuar un orden social basado y estructurado sobre la desigualdad social. Y este aumento de las desigualdades, y en muchos casos la falta de perspectivas de mejora, dan lugar a un mayor número de incongruencias, de ‘anomias’ que serán las que conduzcan a los individuos a la comisión de este tipo de comportamientos. Por todo ello, y a falta de otra herramienta para tratar las conductas delictivas, al menos deberíamos de asegurarnos que los derechos humanos de las personas privadas de libertad no son vulnerados, como están lo están siendo. Por ello se hace obligatorio dar voz a las personas a las que tratan de silenciar, porque sus celdas no encierran las ideas, apoyo a todas las personas en lucha dentro y fuera de las cárceles.


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