Tribunal Supremo

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EL TRIBUNAL SUPREMO

Pedro Tenorio Sánchez (UNED)
Curso de última actualización: 2025/2026

El Tribunal Supremo constituye el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes del sistema judicial español, con la única excepción de la jurisdicción constitucional, atribuida al Tribunal Constitucional. Esta posición de supremacía no excluye, sin embargo, la participación de la jurisdicción ordinaria en la tutela de los derechos fundamentales, los cuales despliegan eficacia transversal en todo tipo de procesos, así como a través de procedimientos específicos de protección, sin perjuicio del recurso de amparo.

Desde una perspectiva histórica, el Tribunal Supremo encuentra su antecedente inmediato en el modelo instaurado por las Cortes de Cádiz en 1812, si bien su configuración actual responde a un proceso de evolución normativa culminado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que define su estatuto, organización y competencias.

En cuanto a su composición, el Tribunal Supremo se integra por su Presidente —que ostenta simultáneamente la presidencia del Consejo General del Poder Judicial—, los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la ley, distribuidos funcionalmente en cinco Salas jurisdiccionales: Civil, Penal, Contencioso-Administrativa, Social y Militar. Esta estructura responde a la necesidad de especialización material, sin perjuicio de la unidad institucional del órgano.

Junto a las Salas jurisdiccionales, el Tribunal Supremo cuenta con órganos de naturaleza gubernativa y funcional. Singular relevancia presenta la Sala de Gobierno, a la que corresponde la adopción de decisiones organizativas internas, incluyendo la aprobación de normas de reparto de asuntos. Asimismo, debe destacarse la Sala Especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, órgano de composición cualificada al que se atribuyen competencias de carácter excepcional, entre las que destaca el conocimiento de los procesos de ilegalización de partidos políticos.

Por lo que respecta al estatuto del Presidente, su designación corresponde al Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio profesional. Su mandato es renovable por una sola vez. Desde el punto de vista funcional, el Presidente asume la dirección institucional del Tribunal, preside la Sala de Gobierno y garantiza la adecuada coordinación y funcionamiento del órgano en su conjunto.

En el plano competencial, el Tribunal Supremo desempeña una función capital en el sistema jurídico, en cuanto órgano llamado a asegurar la uniformidad en la interpretación y aplicación del Derecho. Esta función se articula primordialmente a través del recurso de casación, instrumento técnico de depuración jurídica y de fijación de doctrina jurisprudencial. A ello se añade el conocimiento de otros recursos extraordinarios, así como de procesos en única instancia relativos a la responsabilidad penal de determinados altos cargos del Estado, en atención a su fuero especial.

Igualmente, el Tribunal Supremo conoce de los conflictos de jurisdicción y de competencia, así como de otras materias que, por su relevancia institucional, han sido residenciadas en este órgano. De este modo, se configura como la cúspide del Poder Judicial y como garante último de la legalidad ordinaria, desempeñando una función de cierre del sistema jurisdiccional que resulta esencial para la coherencia del ordenamiento jurídico.