Sistema Parlamentario

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VIDEOCLASE SOBRE EL SISTEMA PARLAMENTARIO
Test sobre el sistema parlamentario

LA FORMA PARLAMENTARIA DE GOBIERNO

Los sistemas o formas de gobierno

Hay diversas doctrinas que conciben de modo distintos qué son las formas de Estado y de gobierno. Siguiendo a Antonio Torres del Moral, adoptamos el siguiente esquema:

Por forma de Estado hacemos referencia a la localización de la soberanía, distinguiendo entre autoritarias/dictatoriales (cuando el poder reside en la cúspide) y las democráticas (cuando el poder reside en el pueblo)

Dentro de las formas de Estado democráticas encontraríamos tres formas de Gobierno, que se distinguen por el tipo de relaciones que existen entre los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial, aunque principalmente entre los dos primeros). Éstas tres formas son:

  • Presidencial.
  • Parlamentaria.
  • Asamblearia.

Patrones comunes. La forma parlamentaria comparte con las otras formas de gobierno (asamblearia y presidencial) algunas características como las siguientes:

  • Son formas democráticas y, por tanto, el poder reside en el pueblo.
  • El poder judicial es independiente.

Diferencias básicas. Por el contrario, hay otros rasgos que permiten distinguir entre las dos principales (presidencial y parlamentaria). Estos rasgos son:

  • En la forma parlamentaria existe la moción de censura y la disolución anticipada. Es decir, hay cierta relación recíproca de control entre los poderes ejecutivo y legislativo.
  • En la forma presidencial, ni hay responsabilidad política, es decir, no se prevé la moción de censura del gobierno, ni hay posibilidad de disolución anticipada.

Evolución histórica del sistema parlamentario

La forma parlamentaria se teorizó, principalmente, a partir del análisis de la evolución histórica del sistema inglés, por este motivo se afirma que Inglaterra es la cuna del parlamentarismo. Se hace referencia a la forma parlamentaria con distintas denominaciones: gobierno parlamentario, gobierno responsable, gobierno de partidos, gobierno de gabinete, parlamentarismo, etc.

A grandes rasgos se puede resumir esta evolución:

  • El Rey pierde poder en favor del parlamento y por eso necesita el apoyo del parlamento.
  • Por la evolución y configuración del Gobierno, los miembros del Gobierno son miembros del parlamento y se trata de un órgano colegiado. Esto facilita un control del parlamento sobre el gobierno mediante preguntas, interpelaciones y a través de la exigencia de responsabilidad política. Por otra parte, el Gobierno decide por mayoría de votos porque el órgano colegiado ostenta el poder ejecutivo (en el sistema presidencial, es el presidente quien tiene el poder ejecutivo).
  • En la evolución del parlamentarismo también destaca:
    • Su compatibilidad con la forma republicana (Francia 1835), así como con la estructura federal del Estado (Weimar 1919).
    • El surgimiento del parlamentarismo racionalizado (tras la I GM) que influye en los textos constitucionales y que se materializa en mecanismos que favorecen la estabilidad o predominio del Gobierno sobre el Parlamento (Preuss en Weimar, 1919; Kelsen en Austria, 1920; y Posada en la II República Española, 1931).

Elementos estructurales del parlamentarismo

No hay un modelo único, por lo que hay que observar las características principales que nos permiten determinar que estamos ante un sistema parlamentario. Partimos de las dos citadas como son, la moción de censura y la disolución anticipada, pero también hay otros rasgos como los siguientes:

  • Los miembros del Gobierno (incluido el Primer Ministro) son miembros del parlamento.
  • El Gobierno está constituido por los líderes del partido mayoritario o de los partidos que forman la coalición mayoritaria.
  • El Gobierno tiene una estructura piramidal con el Primer Ministro a su cabeza. El Jefe del Estado, normalmente, nombra el Primer Ministro, que a su vez es elegido por el parlamento. El resto del Gobierno es propuesto por el Primer Ministro, siendo nombrados por el Jefe del Estado.
  • El Gobierno precisa del apoyo de la mayoría del parlamento.
  • La orientación política la deciden Parlamento y Gobierno por medio de la legislación. Las leyes las aprueba del Parlamento, pero la iniciativa puede partir del Gobierno.

Las variantes del parlamentarismo

Algunas variantes resultantes de la configuración constitucional han sido las siguientes:

  • Parlamentarismo clásico francés (Constitución de 1875)
  • Parlamentarismo híbrido con ejecutivo dualista (con Weimar).
  • Parlamentarismo controlado (Ley Fundamental de Bonn).
  • Parlamentarismo frenado o semi presidencial (Constitución francesa 1958)
  • Gobierno de Gabinete (Reino Unido y países de influencia anglosajona).
  • Parlamentarismo partitocrático (Italia).
  • Sistema de Primer Ministro (España).

Autor del vídeo: Pedro Tenorio

Fecha de última actualización: 30/07/2023