Orientaciones TFGs – Línea Libertades Informativas

La asignatura TFG en la UNED conlleva la realización del trabajo (80%) y posteriormente su defensa (20%). Aquí se explica el proceso habitual, pero consulte con su profesor si es aplicable, ya que esta información es únicamente orientativa.

AVISO: esta entrada es únicamente orientativa y puede variar en función de la línea y del profesor. Además, no se trata de información oficial, por lo que no es en ningún caso alegable, salvo que el profesorado la indique expresamente.

¿Cómo hacer un TFG en materias jurídicas?

TRABAJO ESCRITO

CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA ANTES DE EMPEZAR:

  • Hay varios pasos sujetos a plazo improrrogable en cada convocatoria: 1. Propuesta de título.- 2. Entrega del borrador.- 3. Entrega del trabajo final.
  • Los pasos anteriores se deben llevar a cabo siempre a través de la plataforma (a través de tareas en la línea de investigación). Lo que se remita por correo electrónico no se tiene en cuenta. 
  • Es muy habitual que los alumnos no reciban conformidad o suspendan el trabajo por falta de originalidad. Es importante saber qué significa esto y leer ESTA ENTRADA (PINCHA AQUÍ).
  • Antes de escribir al profesor leer la guía docente de la línea. Allí veréis que hay indicaciones como su extensión: mínimo 30 y  máximo de 35 páginas, escritas a 1.5 espacios, en tipo de letra Times New Roman, 12 pp.
OTRAS RECOMENDACIONES
  • Siempre que escribáis al profesor indicar la titulación en la que estáis, eso facilitará la localización de vuestra información y que la respuesta sea más ágil.
  • La realización del TFG, como una asignatura más en metodología a distancia, requiere su preparación previa por parte del alumno utilizando los manuales recomendados o los que elija libremente. No obstante, se recomienda ver atentamente la serie de Canal UNED sobre TFG.
  • La revisión completa del trabajo extrayendo propuestas de mejora solo se hace sobre el borrador que se debe subir a la plataforma. El resto de consultas sobre mejoras en el TFG deben ser preguntas concretas.
  • La convocatoria extraordinaria tiene unos plazos muy ajustados, por lo que el borrador tiene que ser prácticamente la entrega final, dado que entre el periodo de corrección y de depósito apenas hay tiempo para mejorar el trabajo.
  • Depósito del trabajo: lo que se entiende como depósito del trabajo es subir el TFG definitivo a la plataforma. Se hace de manera digital, no hay que entregar nada en papel.

ERRORES HABITUALES EN EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL TFG:

  • No revisar las fechas de entrega y que se hayan pasado los plazos de entrega del borrador (conlleva no poder presentar el TFG en esa convocatoria).
  • Lanzarse a escribir cualquier cosa sin indagar, ni estudiar previamente cuál es el sentido de un TFG, cómo se hace y cuáles son las normas habituales de formato y estructura. 
  • No pasar el corrector ortográfico antes de hacer una entrega.
  • Pensar que el TFG es algo que se hace en unos pocos días: conlleva lectura y una reflexión que sea acorde a la situación de alguien que está finalizando una carrera y demuestra sus conocimientos.
  • Hacer la entrega por email (no es válida). Debe hacerse por la plataforma.

QUÉ NO ES UN TFG:

  • Un texto que no indica claramente su contexto, sus objetivos y metodología.
  • Un texto que, aun indicando lo anterior, se desarrolla como:
    • Un puzle de comentarios basados en bibliografía sin aportación propia.
    • Un repertorio de ejemplos sacados de noticias de prensa o páginas web.

LISTA DE COMPROBACIÓN ANTES DE ENTREGAR DOCUMENTOS (EN BORRADOR O FINALES):

ANTES DE ENTREGAR

  • Denomine el archivo de entrega con sus dos apellidos y el tipo de documento. Ej. PEREZ ALONSO-BORRADOR-TFG.doc
  • Pasar el corrector ortográfico
  • Que haya una portada con los datos básicos: nombre y apellidos, titulación, título del trabajo, tipo de trabajo (TFG, TFM, etc.) y fecha.
  • Que todas las páginas estén numeradas.
  • Hacer un índice automático
  • Que todos los epígrafes estén numerados
  • Que la bibliografía final aparezca ordenada alfabéticamente teniendo en cuenta el apellido.
  • PUEDE CONSULTAR LA LISTA AMPLIADA DE ASPECTOS A COMPROBAR

ASPECTOS QUE PUEDEN REDUCIR A LA BAJA LA VALORACIÓN DEL TRABAJO O QUE NO SE DEBEN HACER NUNCA:

  • Plagio, total o parcial (conlleva suspenso)
  • Falta de originalidad por ser una mera unión de textos de otros (conlleva suspenso)
  • Faltas de ortografía y acentuación
  • Incluir bibliografía no citada

DEFENSA ORAL

El acto de defensa es obligatorio, no se puede aprobar la asignatura sin hacerlo.

CONVOCATORIA DEL ACTO DE DEFENSA

  • Se convoca por el profesor, normalmente en la semana intermedia de exámenes.
  • Se cita al alumnado durante las dos semanas siguientes a la 2ª semana de exámenes.
  • Si el alumno no puede en la fecha y hora de citación, tiene un breve periodo de tiempo para indicarlo y que se le proponga otra fecha/franja horaria.
  • El alumno recibirá un correo automatizado en su cuenta UNED con la citación: día, hora y URL de conexión.

CARACTERÍSTICAS DEL ACTO DE DEFENSA

  • Duración: 15 minutos de exposición + preguntas del profesor
  • Tribunal: normalmente unipersonal, formado únicamente por el tutor
  • Modalidad: online (pero otros profesores pueden hacer citaciones presenciales)
  • Elementos de apoyo: Se puede utilizar power point o equivalente, así como un guion (otros profesores pueden no admitirlo).
  • Imprescindible: es responsabilidad del alumno disponer de los medios técnicos necesarios para que funcione correctamente el audio y el vídeo, y que no se produzcan interrupciones.
  • Grabación: la sesión se graba, no se puede hacer la defensa si no se presta consentimiento.
  • Identificación: el alumno deberá mostrar su DNI a la cámara cuando se le solicite para verificar la identidad.

CRITERIOS DE VALORACIÓN HABITUALES EN LA DEFENSA ORAL

GENERALES SOBRE LOS CONTENIDOS DE LA EXPOSICIÓN

  • Contextualiza / presenta el trabajo
  • Expone los objetivos concretos del trabajo
  • Explica la metodología que ha utilizado
  • Expone los aspectos más sustantivos de su trabajo y las conclusiones

ASPECTOS DE CARÁCTER FORMAL

  • Capacidad de síntesis y expresión
  • Estructuración de la exposición y que al exponer se perciba qué está tratando en cada momento
  • Claridad de la exposición y de los conceptos utilizados

ESPECÍFICOS SOBRE LOS CONTENIDOS DE LA EXPOSICIÓN CON RELACIÓN A LA LÍNEA LIBERTADES INFORMATIVAS

  • No se olvida de destacar lo más relevante de lo tratado en el trabajo de investigación
  • Se centra en los aspectos jurídicos y no en otras de las perspectivas tratadas en el trabajo (sociológica, económica, periodística, etc.)
  • Destaca y explica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y/o normas jurídicas relacionadas que haya tratado en el trabajo
  • (SOLO en caso de que sea de aplicación al trabajo y sea necesario su tratamiento durante la exposición) Tiene clara la diferenciación entre la Libertad de Expresión y la Libertad de Información y conceptos asociados: veracidad, censura previa , secuestro de publicaciones, secreto profesional, derecho de rectificación, cláusula de conciencia, entre otros.      

ASPECTOS QUE PENALIZAN LA NOTA:

  • Todos los anteriores pero a la inversa, en decir, hacer lo contrario u omitir los contenidos.
  • Exceder mucho el tiempo de exposición.
  • Mostrar confusión en los conceptos utilizados.
  • No demostrar en la exposición que se ha aprovechado el trabajo (es decir, que tras la exposición su balance sea que haya tratado cuestiones distintas o demasiado superficiales no centradas en el fondo del trabajo)
  • Que de la exposición pueda concluirse que el alumno o no es el autor real del trabajo o no ha interiorizado lo analizado.
IMPORTANTE:
  • Calcule los tiempos, no se exceda (penaliza)
  • Si la defensa es presencial y va a llevar presentación con diapositivas llévela en un pendrive (no en su correo). 
  • Vídeo de recomendacionescómo preparar una presentación

NOTA IMPORTANTE PARA ALUMNOS DEL PROF. SIERRA DE APLICACIÓN PARA EL CURSO ACADÉMICO 2023/2024:

Ante los avances de la inteligencia artificial, desde el curso académico 2023/2024 no se admiten trabajos no tutorizados, ni de temáticas generales. ES NECESARIO CUMPLIR LAS SIGUIENTES REGLAS –TODAS ELLAS– PARA APROBAR EL TRABAJO

BLOQUE A – REGLAS BÁSICAS

  • A1. El título y orientación del trabajo tiene el visto bueno del profesor para su inicio. Deberá ser alguno de los que se enumeran tras estas reglas.
  • A2. El trabajo y su enfoque es jurídico. No se admiten trabajos con otra orientación. Deben ser abundantes las citas a normativa y se deben incluir referencias jurisprudenciales.
  • A3. El trabajo se centra en el ordenamiento y jurisprudencia española. Aunque se utilicen fuentes del TJUE o TEDH (que no son necesarias) el trabajo debe girar en torno a la concreta situación,  ordenamiento jurídico y/o jurisprudencia de España.
  • A4. Se cumplen con los requisitos formales: estructura, extensión, tipo de letra, etc.
  • A5. Se utilizarán entre 5 y 10 fuentes de autor (bibliografía). Ni más, ni menos.
  • A6. Las fuentes de autor serán recientes (5-10 años máx.).
  • A7. Se utilizarán, al menos 3 sentencias del tribunal constitucional para apoyar los contenidos. La mera enumeración y remisión a sentencias no cuenta en este cómputo.

BLOQUE B – REGLAS SOBRE ORIGINALIDAD

  • B1. Los textos literales de otros autores están entrecomillados.
  • B2. Los textos entrecomillados porque son literales incluyen alguna citación al autor.
  • B3. Hay aportación propia y no se observan en el trabajo pasajes que sean la unión de un puzle de ideas de otros autores una detrás de otra.
  • B4. Hay un claro hilo conductor entre los diversos epígrafes.
  • B5. Todas las referencias bibliográficas finales se han citado a lo largo del texto.
  • B6. No hay fuentes inventadas.

BLOQUE C – REGLAS PARA EL CONTRASTE Y VERIFICACIÓN DEL TRABAJO

  • C1. Cualquier referencia a autores o documentos incluye SIEMBRE el número de página.
  • C2. Las fuentes utilizadas son de acceso abierto. En la bibliografía se incluirá la URL siempre.
  • C3. Si se hace referencia concreta a contenidos específicos de sentencias se debe incluir el número de antecedente o fundamento jurídico.
  • C4. Si se hace referencia concreta a contenidos específicos de normativa se indicará el artículo.

RELACIÓN DE POSIBLES TRABAJOS

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA:

  • La aplicación de los límites del derecho de acceso a la información pública según el criterio interpretativo 2/2015, de 24 de junio del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (aplicación de los artículos 14 y 15 de la Ley de Transparencia).
  • Posición de la doctrina sobre el derecho de acceso a la información pública como derecho fundamental.
  • Consecuencias para España de la ratificación del Convenio de Tromso. Convenio del Consejo de Europa sobre el acceso a los Documentos Públicos.

ACTIVIDAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE INFORMACIÓN

  • Acreditación de periodistas. La acreditación de periodistas ante las cámaras parlamentarias.
  • Límites a la protección de las fuentes informativas.
  • Cláusula de conciencia. Análisis de los fundamentos jurídicos de la STC 199/1999, de 25 de febrero y su comentario junto con la doctrina sobre la materia: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-T-1999-23941
  • Libertad de información y revelación de secretos. Análisis de los fundamentos jurídicos de la STC 24/2019, de 25 de febrero y su comentario junto con la doctrina sobre la materia: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-4439
  • Libertad de información y derecho a la propia imagen y a la intimidad personal y familiar. Análisis de los fundamentos jurídicos de la STC 27/2020, de 24 de febrero y su comentario junto con la doctrina sobre la materia: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4112

 

Fecha de última actualización: 19 de noviembre de 2023.

Autor de la entrada: Javier Sierra Rodríguez