Grado en Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática

Jornada de puertas abiertas «Escuela de Ingenieros Industriales»

Profesiones para las que capacita el título: actualmente, el título de Graduado o Graduada en Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática se espera que lleve asociadas, al menos, las atribuciones profesionales de la actual titulación de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial (Orden Ministerial CIN/351/2009, de 9 de febrero).

Los perfiles profesionales básicos a que da lugar la titulación de Graduado o Graduada en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática, aprobados por el Pleno de la Conferencia de Directores de Escuelas de Ingenieros Industriales, son los siguientes:

  • Desarrollo de sistemas de control y automatización.
  • Desarrollo de sistemas electrónicos industriales.
  • Desarrollo de sistemas robotizados.
  • Ingeniería de mantenimiento de este tipo de instalaciones.

ATRIBUCIONES PROFESIONALES

Profesiones para las que capacita el título: actualmente, el título de Graduado o Graduada en Ingeniería Eléctrica confiere las mismas atribuciones profesionales que las de la titulación de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electricidad (Orden Ministerial CIN/351/2009, de 9 de febrero).

Aparte de las dependientes del empleo público, entre las salidas profesionales pueden citarse las vinculadas a las siguientes actividades:

  • La redacción y firma de proyectos que tengan por objeto la construcción, reforma, reparación, conservación, demolición, fabricación, instalación, montaje o explotación de bienes muebles o inmuebles, en sus respectivos casos, tanto con carácter principal como accesorio, siempre que queden comprendidos por su naturaleza y características en la técnica propia de cada titulación.
  • La realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planos de labores y otros trabajos análogos.
  • Diseño, análisis, integración y mantenimiento de sistemas y equipamientos electrónicos e instalaciones industriales automatizadas y automatización de maquinaria.
  • Dirección y gestión de proyectos de I+D en: automatización, comunicaciones industriales, transporte (ferrocarril, aviónica, automoción), energías renovables y en sistemas electrónicos y automatizados en medicina y domótica.
  • Informática industrial, programación de robots y de autómatas programables y sistemas electrónicos programables en general.
  • El ejercicio de la docencia en sus diversos grados en los casos y términos previstos en la normativa correspondiente y, en particular, conforme a lo dispuesto en la ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria.
  • Gestión y organización comercial de empresas de productos y sistemas electrónicos y/o automáticos y/o informáticos.
  • La dirección de toda clase de industrias o explotaciones y el ejercicio, en general respecto de ellas, de las actividades a que se refieren los apartados anteriores.

Actualmente en España esta actividad profesional está regulada en España por las siguientes normas:

  • Ley Orgánica 12/1986, de 1 de abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos.
  • Ley 33/1992 de 9 de diciembre de modificación de la ley 12/1986 sobre regulación de las atribuciones profesionales.
  • Real Decreto 1665/1991 de 25 de octubre por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los Tí­tulos de
  • Educación superior en los estados miembros de la Comunidad Europea. (Transpone la Directiva 89/48/CEE).
  • Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Titulo V, de la evaluación y la acreditación.
  • Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  • Real Decreto 1497/1987 por el que se establecen las directrices generales comunes de los planes de estudio de los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
  • Real Decreto 1403/1992 de 20 de noviembre por el que se establece el tí­tulo universitario oficial de Ingeniero Técnico en Electrónica Industrial y se aprueban las directrices generales propias.
  • Real Decreto 50/1995, de 20 de enero, por el que se modifica los reales decretos por los que se establecen determinados tí­tulos universitarios oficiales de Ingenieros Técnicos y se aprueban las directrices generales propias.
  • Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
  • Orden ministerial CIN/351/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los tí­tulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.