MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA PROCURA

Este Máster, asentado sobre la colaboración entre la UNED y el Consejo General de Procuradores de España, integra la formación en las competencias profesionales específicas para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales y un período de prácticas externas de 30 ECTS, posibilitandoquelos titulados en Derecho obtengan el correspondiente título profesional para el ejercicio de la Procura.

 

Tanto la Ley Orgánica del Poder Judicialcomo nuestras Leyes de Enjuiciamiento (Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Enjuiciamiento Criminal), desde siempre optaron por un sistema dual en el ejercicio de la capacidad procesal, de manera que los ciudadanos han de comparecer en el proceso representados por procurador y defendidos por un abogado.

A continuación se presentan los puestos laborales más importantes relacionados con este Máster:

Éste máster prepara para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales, profesión libre, independiente y colegiada que tiene como, principal misión la representación técnica de quienes sean parte en cualquier clase de procedimiento. Es también misión de la Procura desempeñar cuantas funciones y competencias le atribuyan las leyes procesales en orden a la mejor administración de justicia, a la correcta sustanciación de los procesos y a la eficaz ejecución de las sentencias y demás resoluciones que dicten los juzgados y tribunales. Estas competencias podrán ser asumidas de forma directa o por delegación del órgano jurisdiccional, de conformidad con la legislación aplicable.

En el ejercicio profesional, los procuradores, como cooperadores de la Administración de Justicia, están estrictamente sometidos a la Ley, a sus normas estatutarias de cualquier rango, a los usos que integran la deontología de la profesión y a los regímenes disciplinarios jurisdiccional y corporativo. Los procuradores, de conformidad con la Ley, deberán guardar secreto de los hechos o noticias que conozcan por razón de su actuación profesional.

Son los Procuradores de los Tribunales quienes, válidamente incorporados a un Colegio:

1.Se encargan de la representación de sus poderdantes ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden jurisdiccional.

2.Se encargan del fiel cumplimiento de aquellas funciones o de la prestación de aquellos servicios que, como cooperadores de la Administración de Justicia, les encomienden las leyes. La intervención profesional del procurador en toda clase de procesos y ante cualquier orden jurisdiccional será preceptiva cuando así lo disponga la Ley.

Para más información contactar con la Coordinadora del máster: Mercedes Curto Polo, curtopom@der.uned.es
o Coordinadora prácticas: Patricia López Pelaez 6141/6190, plopez@der.uned.es

Consejo General de Procuradores de España: http://www.cgpe.es, C/ Bárbara de Braganza 6 -3º izda. 28004. Madrid;cgpe@cgpe.es